Más ventajas en la moratoria
Permitirá levantar situaciones de quebranto, tanto a empresas como a contribuyentes individuales.
4 mayo, 2000
La AFIP está reglamentando la forma que cobrará la moratoria impositiva. Una de las mayores novedades es que las empresas y contribuyentes que se encuentren en quebranto, motivado por deudas al fisco, pueden regularizar su situación judicial sumándose al plan de facilidades de pago.
Los contribuyentes que hayan solicitado su concurso preventivo deberán efectuar una propuesta acorde a la totalidad de la deuda con el fisco. Esta medida regirá para las empresas concursadas – no en situación de quiebra – y que tengan a la AFIP como único o mayor acreedor.
Los interesados deberán consolidar la deuda antes de 30 días corridos luego de haberse inscripto en la moratoria. Luego, cada pago deberá hacerse efectivo antes del día 22 de cada mes.
La AFIP está reglamentando la forma que cobrará la moratoria impositiva. Una de las mayores novedades es que las empresas y contribuyentes que se encuentren en quebranto, motivado por deudas al fisco, pueden regularizar su situación judicial sumándose al plan de facilidades de pago.
Los contribuyentes que hayan solicitado su concurso preventivo deberán efectuar una propuesta acorde a la totalidad de la deuda con el fisco. Esta medida regirá para las empresas concursadas – no en situación de quiebra – y que tengan a la AFIP como único o mayor acreedor.
Los interesados deberán consolidar la deuda antes de 30 días corridos luego de haberse inscripto en la moratoria. Luego, cada pago deberá hacerse efectivo antes del día 22 de cada mes.