Conclusiones de la Cámara de anunciantes sobre la nueva Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad

A continuación, las conclusiones de la CAA sobre el debate abierto en el Ciclo de Reuniones de Actualización que organiza la Cámara Argentina de Anunciantes, sobre el tema de la nueva Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de Buenos Aires, sancionada por la Legislatura porteña el 20 de noviembre último y vetada luego en dos de sus puntos por el Ejecutivo -hoy a la espera de su promulgación definitiva después de que sea tratado el veto en la Legislatura-.

22 diciembre, 2008

<p>Los detalles de la nueva normativa, de gran inter&eacute;s para todos los actores de la actividad (anunciantes, comercios, agencias, responsables de circuitos de publicidad exterior), fueron expuestos por el Ing. Hern&aacute;n Fern&aacute;ndez, socio director de Atlas Group y asesor de la CAA en temas de v&iacute;a p&uacute;blica.</p>
<p>En l&iacute;nea con los reclamos que vienen efectuando las c&aacute;maras que agrupan a la industria publicitaria, el Ing. Fern&aacute;ndez ratific&oacute; que la nueva Ley &quot;tiene muchos puntos que deber&iacute;an ser aclarados en la reglamentaci&oacute;n&quot; y otros tantos aspectos pol&eacute;micos, como el veto del Poder Ejecutivo a las marquesinas publicitarias.</p>
<p>La ley sancionada por la Legislatura crea un Registro de Instalador o Matriculado Publicitario en el cual deber&aacute;n inscribirse todos los sujetos de la actividad publicitaria que trabajen en el &aacute;mbito de la Capital Federal, estando radicados en el distrito (lo cual dificulta la competencia de las empresas del interior del pa&iacute;s, e incluso a las del conurbano bonaerense). Detalla, adem&aacute;s, la tipolog&iacute;a de la publicidad exterior de acuerdo con su contenido, permanencia, tipo de emplazamiento, soporte, etc. Asimismo, se&ntilde;ala las condiciones de instalaci&oacute;n de cada una de esas tipolog&iacute;as, siendo las medianeras, las columnas en predios y las marquesinas, los soportes que sufren mayores modificaciones con la nueva Ley, y en los que surgen dudas sobre su futura implementaci&oacute;n.</p>
<p>El de las marquesinas publicitarias es un tema central en el debate. El veto del Ejecutivo porte&ntilde;o las erradica, tanto sean las que incluyen publicidad propia del comercio como las esponsoreadas por una marca. Alega que producen un impacto nocivo sobre el paisaje urbano provocando &quot;contaminaci&oacute;n visual&quot;. Aparentemente, lo que no tiene en cuenta el Gobierno de la Ciudad, es c&oacute;mo quedar&aacute;n muchas de las fachadas cuando se retiren todas las marquesinas sin que se las reemplace por otro dispositivo permitido.</p>
<p>Respecto de los anuncios en medianeras la nueva Ley dispone que deber&aacute;n estar realizados en lona y ubicados sobre un bastidor de cinco cent&iacute;metros de ancho como m&iacute;nimo. La superficie publicitaria no deber&aacute; exceder el 50% de la medianera visible. La duda surge ac&aacute; con relaci&oacute;n a la propiedad vecina, ya que al estar separado de la pared por un bastidor, el anuncio estar&iacute;a violando el espacio a&eacute;reo de la construcci&oacute;n contigua.</p>
<p>En estructuras sobre azoteas la gran novedad son las restricciones en cuanto a las medidas: no pueden exceder los l&iacute;mites de la fachada ni supera una vez y media la altura del edificio, permiti&eacute;ndose s&oacute;lo una estructura por techo. Fern&aacute;ndez observ&oacute; al respecto que una &uacute;nica estructura podr&iacute;a contener, sin embargo, m&aacute;s de un dispositivo. El Poder Ejecutivo vet&oacute; tambi&eacute;n el emplazamiento de estructuras sobre azoteas en tres &aacute;reas de las zonas de Palermo y Las Ca&ntilde;itas.</p>
<p>Las columnas en predios, que en la normativa anterior se mencionaban dentro del &iacute;tem Estructuras, tienen ahora un apartado especial, que abre interrogantes sobre las posibilidades de ubicaci&oacute;n. Dice la ley que para predios con frente menor a 100 metros lineales se permite una sola columna por predio, mientras que en los predios con frentes mayores a esa extensi&oacute;n se habilita una columna por cada 100 metros. &quot;&iquest;Qu&eacute; ocurre en el caso de que exista una sucesi&oacute;n de varios terrenos de 30 metros de frente? &iquest;Va a haber una columna cada 30 metros?&quot;, se pregunt&oacute; Fern&aacute;ndez.</p>
<p>&quot;Las zonas grises son muchas&quot;, insisti&oacute; el asesor de la CAA, quien aclar&oacute; que una vez promulgada la ley existir&aacute; un plazo de 180 d&iacute;as para la adecuaci&oacute;n de los anuncios ya instalados. La pol&eacute;mica seguir&aacute;, seguramente, por mucho m&aacute;s tiempo.</p>
<p><br />
Para m&aacute;s informaci&oacute;n, pueden comunicarse con Lila Magdalena a : <a href="&quot;&quot;&quot;&quot;mailto:rrii@camaranunciantes.org.ar&quot;&quot;&quot;&quot;">rrii@camaranunciantes.org.ar</a><br />
&oacute; al : 4331-9360 / 8852 / 9482</p>
<p>&nbsp;</p>

Compartir:
Notas Relacionadas

Suscripción Digital

Suscríbase a Mercado y reciba todos los meses la mas completa información sobre Economía, Negocios, Tecnología, Managment y más.

Suscribirse Archivo Ver todos los planes

Newsletter


Reciba todas las novedades de la Revista Mercado en su email.

Reciba todas las novedades