Una herramienta digital para dinamizar el comercio exterior

La modalidad digital del Bill of Lading facilitaría la operatoria, al permitir ahorrar tiempo y bajar costos, como ocurrió en otros países que adoptaron esta alternativa.

8 julio, 2022

Por Alfonso Mingo Jozami (*)

En post de poder darle mayor dinamismo al comercio internacional, que resulta esencial para el desarrollo del país y la generación de empleo, hay una herramienta cuya implementación podría ser fundamental en el camino de agilizar las operaciones desde el punto de vista de la gestión documental.

Se trata del Bill of Lading (B/L) electrónico (“e-B/L”) en el ámbito marítimo. Esa acción, que cuenta con el consenso de todos los eslabones de la cadena logística, y que ya fue implementada exitosamente por varios países, fue presentada a la Aduana para su análisis por el Centro de Navegación.

Por medio del e-B/L, se eliminaría el B/L en papel que lleva firma ológrafa (de puño y letra), evitando trabas burocráticas para la comercialización de diferentes productos con el exterior, tanto para la importación como para la exportación, en un momento en el que la generación de divisas resulta vital para hacer frente a los compromisos externos y garantizar un normal funcionamiento de la producción.

Cabe recordar que el B/L es el documento reconocido a nivel internacional por el cual queda instrumentado el contrato de transporte de mercaderías, erigiéndose por ello, junto con el contrato de compraventa, en uno de los documentos fundamentales que involucran toda transacción internacional, afectando tanto a importadores como exportadores.

Con la pandemia, se aceleró la tendencia hacia su implementación en forma electrónica, con el fin de evitar el contacto personal por medio del intercambio de documentos en papel, facilitando –a su vez- el comercio con las prevenciones sanitarias correspondientes.

Esta solicitud resulta primordial dentro del diálogo que se viene dando entre actores públicos y privados, ya que generaría ahorro de tiempos y costos de gestión.

Legal y aplicable

En alguna oportunidad, se cuestionó la legalidad de la implementación del e-B/L, por considerar erróneamente que únicamente se permite la presentación ante la Aduana del B/L en soporte papel y con firma ológrafa. Lo anterior, basado en una incorrecta interpretación del artículo 298, inc. j) de la Ley de Navegación efectuada con base en el “Aviso de Técnica Nro. 28/2002” de la Aduana, el cual refiere en forma desactualizada al viejo Código Civil, que solamente preveía la firma ológrafa.

Sobre eso, es importante clarificar, en primer término, que la Ley de Navegación establece únicamente la necesidad de incluir la “firma” (a secas) en los B/L, sin restringir a que la misma sea ológrafa o de otra modalidad.

En segundo lugar, cabe considerar que el Código Civil y Comercial de la Nación, actualmente vigente, contempla la validez jurídica de la rúbrica digital y electrónica.

En relación a eso, mal podrían dos leyes (Ley de Navegación y Código Civil y Comercial) ser contradichas por un “Aviso de Técnica”, que constituye una norma de orden reglamentario. Además de ser de menor jerarquía, es anterior a las dos primeras.

Por este motivo, exigir la firma ológrafa en los B/L como única opción, implica la exigencia de un requisito sin basamento legal, además de redundante y abandonado en la práctica comercial a nivel global, que abona considerables complicaciones en la gestión diaria de los distintos actores que operan en la cadena logística de la Argentina.

La gestión de papeles físicos obliga a los consignatarios de carga a concurrir a las oficinas de las agencias marítimas para buscar los B/L, las que a su vez deben asignar personal al solo efecto de la certificación de este documento, que ya obra en poder de los interesados.

En síntesis, existen sobrados argumentos legales y de política sanitaria y económica para avanzar en la implementación del B/L electrónico, imitando las experiencias ya vigentes a nivel global e incluso aplicadas por las empresas marítimas que operan en nuestro país.

Por eso, adoptar esta modalidad es más que importante y conveniente para adecuar y eficientizar la operatoria y hacer más competitivo a nuestro comercio exterior.

 (*)Gerente general del Centro de Navegación.

 

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