Rechazan una demanda de British Steel

La empresa británica, que opera bajo el nombre de Corus UK, había llevado a la justicia una queja contra la ayuda financiera que la Comisión Europea brindó a la española CSI y a la italiana ILVA.

24 noviembre, 2000

(EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) rechazó ayer (jueves 23), el recurso presentado por la siderúrgica británica British Steel contra la decisión de la Comisión Europea de 1994 en la que autorizaba un paquete de ayudas públicas a la Corporación Siderúrgica Integral (CSI) española y al grupo italiano Ilva.

La empresa británica, que actualmente opera bajo el nombre Corus UK, había pedido a la máxima instancia judicial comunitaria que anulara dicha decisión de la Comisión Europea y una primera sentencia sobre el caso del Tribunal de Primera Instancia de la UE en octubre de 1997, que también autorizaba las ayudas.

Los jueces comunitarios, sin embargo, decidieron desestimar la demanda de la empresa británica por motivos de forma -emplea argumentos que no utilizó en el primer recurso en primera instancia- y también de fondo, según el texto de la sentencia.

La decisión de la Comisión de autorizar las ayudas públicas bajo la condición de severas reducciones de capacidad de producción de esas empresas contó también con el beneplácito del Consejo de ministros de Industria de la UE en 1993.

(EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) rechazó ayer (jueves 23), el recurso presentado por la siderúrgica británica British Steel contra la decisión de la Comisión Europea de 1994 en la que autorizaba un paquete de ayudas públicas a la Corporación Siderúrgica Integral (CSI) española y al grupo italiano Ilva.

La empresa británica, que actualmente opera bajo el nombre Corus UK, había pedido a la máxima instancia judicial comunitaria que anulara dicha decisión de la Comisión Europea y una primera sentencia sobre el caso del Tribunal de Primera Instancia de la UE en octubre de 1997, que también autorizaba las ayudas.

Los jueces comunitarios, sin embargo, decidieron desestimar la demanda de la empresa británica por motivos de forma -emplea argumentos que no utilizó en el primer recurso en primera instancia- y también de fondo, según el texto de la sentencia.

La decisión de la Comisión de autorizar las ayudas públicas bajo la condición de severas reducciones de capacidad de producción de esas empresas contó también con el beneplácito del Consejo de ministros de Industria de la UE en 1993.

Compartir:
Notas Relacionadas

Suscripción Digital

Suscríbase a Mercado y reciba todos los meses la mas completa información sobre Economía, Negocios, Tecnología, Managment y más.

Suscribirse Archivo Ver todos los planes

Newsletter


Reciba todas las novedades de la Revista Mercado en su email.

Reciba todas las novedades