Multan a Varig y Vasp

Las compañías brasileñas fueron condenadas a pagar unos US$ 1.200 a siete pasajeros que reclamaron una indemnización por el retraso de sus vuelos.

20 marzo, 2001

(EFE).- Las aerolíneas brasileñas Varig y Vasp fueron condenadas a indemnizar con el equivalente a unos US$ 1.200 a cada uno de los siete pasajeros que reclamaron en los tribunales el retraso de vuelos, según una sentencia de tercera instancia que cerró ayer (lunes 19) sendos casos abiertos en 1994 y 1998.

El Superior Tribunal de Justicia falló a favor de cuatro pasajeros de Varig y tres de Vasp, que compraron billetes para vuelos internacionales que finalmente salieron con un retraso de 24 y 11 horas, respectivamente.

El ministro juez Sálvio de Figueiredo argumentó en su fallo que la Convención de Varsovia, que regula el transporte aéreo, responsabiliza a las aerolíneas “por el daño causado por los retrasos a menos que la empresa compruebe haber tomado todas las medidas necesarias para evitar el perjuicio o la imposibilidad de tomarlas, lo que no es el caso”.

“Es imposible negar el malestar y el desgaste físico causados por la demora imprevista y el excesivo retardo”, agregó el juez.

El mes pasado, el ministro juez Waldemar Zveiter, del mismo tribunal, condenó a Aerolíneas Argentinas a pagar una indemnización de US$ 3.775 a una brasileña que no pudo embarcar en un vuelo entre Madrid y Río de Janeiro en 1997.

“La pasajera Leticia Leite Soares llegó al mostrador de Aerolíneas Argentinas en el aeropuerto de Barajas (Madrid) cuando su avión ya había despegado. En ese caso, no hay norma que disponga que se le deben cubrir gastos en hospedaje ni otros”, alegó la empresa argentina.

La profesora brasileña comprobó en su demanda que compró pasajes a la aerolínea española Iberia, propietaria de la mayor parte de acciones de Aerolíneas Argentinas, y que en el aeropuerto madrileño se enteró de que había sido transferida a un vuelo de la empresa sudamericana que ya había despegado.

Por ello, recurrió a la justicia contra ambas compañías y ganó en dos instancias previas al Tribunal Superior de Justicia, que confirmó la sentencia en tercera y última instancia.

Esa sentencia definitiva confirmó los fallos anteriores contra la empresa argentina, y anuló la condena contra la española por fallos de forma, aunque dispuso la apertura de un nuevo proceso contra Iberia, “esta vez observando las formalidades legales”, de cuyo trámite no se ha informado.

(EFE).- Las aerolíneas brasileñas Varig y Vasp fueron condenadas a indemnizar con el equivalente a unos US$ 1.200 a cada uno de los siete pasajeros que reclamaron en los tribunales el retraso de vuelos, según una sentencia de tercera instancia que cerró ayer (lunes 19) sendos casos abiertos en 1994 y 1998.

El Superior Tribunal de Justicia falló a favor de cuatro pasajeros de Varig y tres de Vasp, que compraron billetes para vuelos internacionales que finalmente salieron con un retraso de 24 y 11 horas, respectivamente.

El ministro juez Sálvio de Figueiredo argumentó en su fallo que la Convención de Varsovia, que regula el transporte aéreo, responsabiliza a las aerolíneas “por el daño causado por los retrasos a menos que la empresa compruebe haber tomado todas las medidas necesarias para evitar el perjuicio o la imposibilidad de tomarlas, lo que no es el caso”.

“Es imposible negar el malestar y el desgaste físico causados por la demora imprevista y el excesivo retardo”, agregó el juez.

El mes pasado, el ministro juez Waldemar Zveiter, del mismo tribunal, condenó a Aerolíneas Argentinas a pagar una indemnización de US$ 3.775 a una brasileña que no pudo embarcar en un vuelo entre Madrid y Río de Janeiro en 1997.

“La pasajera Leticia Leite Soares llegó al mostrador de Aerolíneas Argentinas en el aeropuerto de Barajas (Madrid) cuando su avión ya había despegado. En ese caso, no hay norma que disponga que se le deben cubrir gastos en hospedaje ni otros”, alegó la empresa argentina.

La profesora brasileña comprobó en su demanda que compró pasajes a la aerolínea española Iberia, propietaria de la mayor parte de acciones de Aerolíneas Argentinas, y que en el aeropuerto madrileño se enteró de que había sido transferida a un vuelo de la empresa sudamericana que ya había despegado.

Por ello, recurrió a la justicia contra ambas compañías y ganó en dos instancias previas al Tribunal Superior de Justicia, que confirmó la sentencia en tercera y última instancia.

Esa sentencia definitiva confirmó los fallos anteriores contra la empresa argentina, y anuló la condena contra la española por fallos de forma, aunque dispuso la apertura de un nuevo proceso contra Iberia, “esta vez observando las formalidades legales”, de cuyo trámite no se ha informado.

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