La UE revocó sentencia contra Bayer

El Tribunal de la UE anuló la multa por tres millones de euros a Bayer que había pedido la Comisión Europea. La acusación de un supuesto acuerdo entre la empresa y sus mayoristas no pudo ser probada.

26 octubre, 2000

(EFE).- El Tribunal de primera instancia de la Unión Europea (UE) anuló hoy (jueves 26) la multa de tres millones de euros que la Comisión Europea impuso en 1996 al grupo Bayer por haber intentado impedir las importaciones paralelas del medicamento Adalat o Adalate en el Reino Unido.

La sentencia del Tribunal anula esta multa porque el ejecutivo comunitario no pudo demostrar la existencia de un acuerdo entre Bayer y sus mayoristas españoles y franceses para limitar las exportaciones paralelas de esta gama de medicamentos.

Ni el comportamiento del grupo Bayer ni las actitudes de los mayoristas reúnen los elementos de un acuerdo entre empresas, asegura la sentencia.

Bayer es uno de los principales grupos químicos y farmacéuticos europeos que produce y comercializa en la UE, con la marca Adalat o Adalate, una gama de medicamentos destinados al tratamiento de las enfermedades cardiovasculares.

En la UE son las autoridades nacionales las encargadas de fijar, directa o indirectamente, el precio de los medicamentos.

Entre 1989 y 1993, el precio del Adalat era 40% más barato en España y en Francia que en el Reino Unido, lo que provocó que los mayoristas españoles y los franceses exportaran grandes cantidades de este medicamento al Reino Unido.

Estas importaciones paralelas hicieron que la filial británica de Bayer registrara pérdidas de 230 millones de marcos alemanes.

Para evitar estas pérdidas, el grupo Bayer decidió modificar de forma unilateral su política de suministros de Adalat distribuyendo a sus mayoristas españoles y franceses este medicamento “en el nivel de sus necesidades habituales”.

En enero de 1996, la Comisión Europea impuso una multa de 3 millones de euros al grupo Bayer por haber intentado impedir las importaciones paralelas de Adalat en el Reino Unido, al considerar que esta práctica era contraria al reglamento comunitario de competencia de la UE.

El grupo interpuso un recurso ante el Tribunal de primera instancia de la UE por no estar conforme con la multa que le había impuesto Bruselas.

El Tribunal finalmente ha dado la razón a Bayer al señalar, según el fallo dictado hoy, que la Comisión Europea no presentó indicios que prueben que Bayer trató de prohibir las exportaciones de los mayoristas ni que el fabricante hubiese intentado obtener su acuerdo sobre la nueva política de suministros destinada a limitar las exportaciones paralelas.

Los servicios de competencia no pudieron tampoco demostrar la existencia de una aquiescencia, expresa o tácita, de los mayoristas a la actitud adoptada por el fabricante.


La Comisión podrá interponer en el plazo de dos meses un recurso ante el Tribunal de justicia de las Comunidades Europeas de Luxemburgo si no está conforme con este fallo del Tribunal del primera instancia.

(EFE).- El Tribunal de primera instancia de la Unión Europea (UE) anuló hoy (jueves 26) la multa de tres millones de euros que la Comisión Europea impuso en 1996 al grupo Bayer por haber intentado impedir las importaciones paralelas del medicamento Adalat o Adalate en el Reino Unido.

La sentencia del Tribunal anula esta multa porque el ejecutivo comunitario no pudo demostrar la existencia de un acuerdo entre Bayer y sus mayoristas españoles y franceses para limitar las exportaciones paralelas de esta gama de medicamentos.

Ni el comportamiento del grupo Bayer ni las actitudes de los mayoristas reúnen los elementos de un acuerdo entre empresas, asegura la sentencia.

Bayer es uno de los principales grupos químicos y farmacéuticos europeos que produce y comercializa en la UE, con la marca Adalat o Adalate, una gama de medicamentos destinados al tratamiento de las enfermedades cardiovasculares.

En la UE son las autoridades nacionales las encargadas de fijar, directa o indirectamente, el precio de los medicamentos.

Entre 1989 y 1993, el precio del Adalat era 40% más barato en España y en Francia que en el Reino Unido, lo que provocó que los mayoristas españoles y los franceses exportaran grandes cantidades de este medicamento al Reino Unido.

Estas importaciones paralelas hicieron que la filial británica de Bayer registrara pérdidas de 230 millones de marcos alemanes.

Para evitar estas pérdidas, el grupo Bayer decidió modificar de forma unilateral su política de suministros de Adalat distribuyendo a sus mayoristas españoles y franceses este medicamento “en el nivel de sus necesidades habituales”.

En enero de 1996, la Comisión Europea impuso una multa de 3 millones de euros al grupo Bayer por haber intentado impedir las importaciones paralelas de Adalat en el Reino Unido, al considerar que esta práctica era contraria al reglamento comunitario de competencia de la UE.

El grupo interpuso un recurso ante el Tribunal de primera instancia de la UE por no estar conforme con la multa que le había impuesto Bruselas.

El Tribunal finalmente ha dado la razón a Bayer al señalar, según el fallo dictado hoy, que la Comisión Europea no presentó indicios que prueben que Bayer trató de prohibir las exportaciones de los mayoristas ni que el fabricante hubiese intentado obtener su acuerdo sobre la nueva política de suministros destinada a limitar las exportaciones paralelas.

Los servicios de competencia no pudieron tampoco demostrar la existencia de una aquiescencia, expresa o tácita, de los mayoristas a la actitud adoptada por el fabricante.


La Comisión podrá interponer en el plazo de dos meses un recurso ante el Tribunal de justicia de las Comunidades Europeas de Luxemburgo si no está conforme con este fallo del Tribunal del primera instancia.

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