Ya es ley la jubilación anticipada a estatales

El Senado convirtió ayer en ley el proyecto que establece un régimen de jubilación anticipada para los ex agentes del Estado.

23 noviembre, 2000

Fue convertido en ley el proyecto que afecta a todos los trabajadores en relación de dependencia pertenecientes a la Administración Pública Nacional, sus reparticiones y organismos centralizados y descentralizados o empresas del Estado que hayan cesado en la actividad, ya sea por retiro voluntario, renuncia o despido, antes del 15 de julio de 1994 y que acrediten a esa fecha, no menos de 50 años de edad las mujeres y 55, los hombres.

Para esos trabajadores se establece una jubilación anticipada ordinaria equivalente a un haber mensual –la suma de una y media prestación básica universal–, cualquiera fueran las remuneraciones o los años de servicios que superen los 30 años de aportes.

Para justificar la propuesta se explicó que «la drástica reforma que introdujo la ley de Reforma del Estado trajo como consecuencia que un importante sector de trabajadores y su grupo familiar se vieran privados de derechos tan elementales como el derecho a la cobertura de vejez, invalidez o muerte.

Muchos casos de ex agentes del Estado no pueden acceder a la jubilación ordinaria por no cumplir con la edad requerida en la Ley 24.241 y al mismo tiempo no consiguen trabajo por exceder la edad requerida en el mercado laboral», dijo ayer Britos.

Fue convertido en ley el proyecto que afecta a todos los trabajadores en relación de dependencia pertenecientes a la Administración Pública Nacional, sus reparticiones y organismos centralizados y descentralizados o empresas del Estado que hayan cesado en la actividad, ya sea por retiro voluntario, renuncia o despido, antes del 15 de julio de 1994 y que acrediten a esa fecha, no menos de 50 años de edad las mujeres y 55, los hombres.

Para esos trabajadores se establece una jubilación anticipada ordinaria equivalente a un haber mensual –la suma de una y media prestación básica universal–, cualquiera fueran las remuneraciones o los años de servicios que superen los 30 años de aportes.

Para justificar la propuesta se explicó que «la drástica reforma que introdujo la ley de Reforma del Estado trajo como consecuencia que un importante sector de trabajadores y su grupo familiar se vieran privados de derechos tan elementales como el derecho a la cobertura de vejez, invalidez o muerte.

Muchos casos de ex agentes del Estado no pueden acceder a la jubilación ordinaria por no cumplir con la edad requerida en la Ley 24.241 y al mismo tiempo no consiguen trabajo por exceder la edad requerida en el mercado laboral», dijo ayer Britos.

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