Pou se presentó ante la Justicia

Reclama una medida de "no innovar" para que los legisladores que lo investigan no produzcan dictamen que provoque su remoción. Para ello alega que la Comisión Bicameral es inconstitucional.

13 marzo, 2001

El presidente del Banco Central, Pedro Pou pidió a la Justicia que le impida a la Comisión Bicameral hacer evaluaciones y/o recomendaciones acerca de su desempeño al frente de la entidad.

El funcionario afirma que esa comisión está actuando de manera inconstitucional, y que lo está privando de su derecho de defensa.

Los legisladores de la comisión que preside el titular del Senado, Mario Losada, citaron a Pou para mañana, y ya estarían listos para emitir un dictamen descalificatorio.

La autoridad monetaria tiene estabilidad por ley durante la vigencia de su mandato; la decisión del Presidente de destituirlo debe estar precedida por una acusación de mala conducta o incumplimiento de los deberes de funcionario público realizada por una comisión parlamentaria.

Las objeciones jurídicas que Pou planteó a la Comisión son las siguientes:

· El cuerpo dictó su propio reglamento, cuando ello le correspondía al Poder Ejecutivo o a las dos cámaras del Congreso, en forma de una ley.

· La comisión se autoconvocó, cuando sólo el Presidente puede convocarla.

· No hay derecho de defensa ni garantía de una decisión imparcial. En este sentido, Pou señaló que no se le permitió “tener conocimiento de lo actuado y de los hechos e incumplimientos que se imputan” y tampoco “ofrecer prueba ni presentar mi descargo”.

El presidente del Banco Central, Pedro Pou pidió a la Justicia que le impida a la Comisión Bicameral hacer evaluaciones y/o recomendaciones acerca de su desempeño al frente de la entidad.

El funcionario afirma que esa comisión está actuando de manera inconstitucional, y que lo está privando de su derecho de defensa.

Los legisladores de la comisión que preside el titular del Senado, Mario Losada, citaron a Pou para mañana, y ya estarían listos para emitir un dictamen descalificatorio.

La autoridad monetaria tiene estabilidad por ley durante la vigencia de su mandato; la decisión del Presidente de destituirlo debe estar precedida por una acusación de mala conducta o incumplimiento de los deberes de funcionario público realizada por una comisión parlamentaria.

Las objeciones jurídicas que Pou planteó a la Comisión son las siguientes:

· El cuerpo dictó su propio reglamento, cuando ello le correspondía al Poder Ejecutivo o a las dos cámaras del Congreso, en forma de una ley.

· La comisión se autoconvocó, cuando sólo el Presidente puede convocarla.

· No hay derecho de defensa ni garantía de una decisión imparcial. En este sentido, Pou señaló que no se le permitió “tener conocimiento de lo actuado y de los hechos e incumplimientos que se imputan” y tampoco “ofrecer prueba ni presentar mi descargo”.

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