Por fin, fallan contra el viejo truco del 99,9%

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Cuestionado hace dos años por la inspección general de justicia, por fin un fallo del fuero comercial condena al control de una sociedad con 99,9% del paquete. Es una formna de eludir responsabilidades personales.

Tras largo tiempo sin que las instancias ejecutivas o reguladores moviesen un dedo, la sala E de la cámara nacional de apelaciones cuestiona la formación de sociedades con una mayoría de 99,9% y una minoría simbólica de 0,1%. La práctica es muy frecuente en Argentina y se aprovecha para evadir responsabilidades individuales del virtual dueño único, graciaa a ese 0,1% “minoritario”.

Para lo jueces, en efecto, el método “se usa con el exclusivo y deliberado propósito de limitar las responsabilidades individuales”. El dictamen respalda la postura de la IGJ, desde que la dirige Ricardo Nissen. Al margen del fallo, cunde la impresión de que la legislación positiva acabará instituyendo las sociedades unipersonales.

En realidad, desde hace algunos días el ministro de Justicia, Horario Rosati, analiza un proyecto modificatorios a la ley de sociedades comerciales. Elaborado por una comisión “ad hoc”, contempla específicamente las unipersonales.

Tras largo tiempo sin que las instancias ejecutivas o reguladores moviesen un dedo, la sala E de la cámara nacional de apelaciones cuestiona la formación de sociedades con una mayoría de 99,9% y una minoría simbólica de 0,1%. La práctica es muy frecuente en Argentina y se aprovecha para evadir responsabilidades individuales del virtual dueño único, graciaa a ese 0,1% “minoritario”.

Para lo jueces, en efecto, el método “se usa con el exclusivo y deliberado propósito de limitar las responsabilidades individuales”. El dictamen respalda la postura de la IGJ, desde que la dirige Ricardo Nissen. Al margen del fallo, cunde la impresión de que la legislación positiva acabará instituyendo las sociedades unipersonales.

En realidad, desde hace algunos días el ministro de Justicia, Horario Rosati, analiza un proyecto modificatorios a la ley de sociedades comerciales. Elaborado por una comisión “ad hoc”, contempla específicamente las unipersonales.

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