Nuevos fallos contra el ajuste

Cuatro juzgados ordenaron suspender el recorte en las jubilaciones y dispusieron la "inconstitucionalidad" de los artículos que impiden dictar medidas cautelares contrarias a los intereses del Ejecutivo.

31 agosto, 2001

(NA). – La Justicia de la Seguridad Social hizo lugar a cuatro medidas cautelares que solicitaban la suspensión del recorte en los haberes jubilatorios, rechazando de esa manera lo dispuesto por el Gobierno nacional en el marco de la política de déficit cero.

Según se informó este mediodía en los Tribunales porteños, los juzgados 1, 6, 7 y 10 del fuero de la Seguridad Social frenaron la implementación del ajuste en los haberes jubilatorios y dispusieron la “inconstitucionalidad” de los artículos de la ley que impide a los magistrados dictar medidas cautelares contrarias a los intereses del Ejecutivo.

En lo que hace a uno de los fallos, se indicó que la jueza de la Seguridad Social número 6, Victoria Pérez Tognola, hizo lugar a una medida cautelar interpuesta por 12 gremios y determinó que el Gobierno se abstenga de practicar el descuento en los haberes jubilatorios decididos por la Ley 25.453.

Ni bien se conoció la resolución de la magistrada se produjo una amenaza de bomba en el edificio de la calle Marcelo T. De Alvear 1840, donde está la sede de ese juzgado, según informaron voceros tribunalicios.

La magistrada, sin analizar la cuestión de fondo, declaró “la inconstitucionalidad” del artículo 14 que prohibía a los afectados accionar por la vía de amparo, e interponer medidas cautelares.

Luego de ello, la jueza Pérez Tognola hizo lugar a la medida cautelar interpuesta por los gremios, entre ellos el del personal judicial.

“Esta medida beneficia a miles de jubilados de la Justicia y de otras organizaciones hermanas y demuestra que todavía los argentinos tienen en la Justicia una salvaguarda de los derechos consagrados en nuestra Constitución Nacional, que pone coto a la arbitrariedad y al salvajismo de este modelo económico”, dijo Julio Piumato, secretario general del gremio judicial.

De acuerdo con el fallo, el Gobierno no podrá practicar los descuentos programados en los haberes jubilatorios de agremiados a la Asociación Argentina de Aeronavegantes, Asociación del Personal de Organismos de Previsión Social y Personal del Instituto de Tecnología Agropecuaria.

Además se benefician los afiliados del Personal Superior de Empresas de Energía, Federación de Trabajadors de las Universidades Nacionales, Sindicato de Choferes de Camiones de la Capital Federal y Provincia de Buenos Aires, Empleados Textiles y de la Industria, Sindicato de Luz y Fuerza Capital, de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor, Unión Personal Judicial de la Nación, y Unión Tranviarios Automotor.

La prohibición a los jueces de dictar resoluciones que “afecten o perturben los recursos propios del Estado”, para la jueza “viola el principio de distribución de poderes, base del Estado republicano”.

Los gremios habían pedido al Poder Ejecutivo que “se abstenga de aplicar la reducción en los haberes jubilatorios y asignaciones familiares”.

(NA). – La Justicia de la Seguridad Social hizo lugar a cuatro medidas cautelares que solicitaban la suspensión del recorte en los haberes jubilatorios, rechazando de esa manera lo dispuesto por el Gobierno nacional en el marco de la política de déficit cero.

Según se informó este mediodía en los Tribunales porteños, los juzgados 1, 6, 7 y 10 del fuero de la Seguridad Social frenaron la implementación del ajuste en los haberes jubilatorios y dispusieron la “inconstitucionalidad” de los artículos de la ley que impide a los magistrados dictar medidas cautelares contrarias a los intereses del Ejecutivo.

En lo que hace a uno de los fallos, se indicó que la jueza de la Seguridad Social número 6, Victoria Pérez Tognola, hizo lugar a una medida cautelar interpuesta por 12 gremios y determinó que el Gobierno se abstenga de practicar el descuento en los haberes jubilatorios decididos por la Ley 25.453.

Ni bien se conoció la resolución de la magistrada se produjo una amenaza de bomba en el edificio de la calle Marcelo T. De Alvear 1840, donde está la sede de ese juzgado, según informaron voceros tribunalicios.

La magistrada, sin analizar la cuestión de fondo, declaró “la inconstitucionalidad” del artículo 14 que prohibía a los afectados accionar por la vía de amparo, e interponer medidas cautelares.

Luego de ello, la jueza Pérez Tognola hizo lugar a la medida cautelar interpuesta por los gremios, entre ellos el del personal judicial.

“Esta medida beneficia a miles de jubilados de la Justicia y de otras organizaciones hermanas y demuestra que todavía los argentinos tienen en la Justicia una salvaguarda de los derechos consagrados en nuestra Constitución Nacional, que pone coto a la arbitrariedad y al salvajismo de este modelo económico”, dijo Julio Piumato, secretario general del gremio judicial.

De acuerdo con el fallo, el Gobierno no podrá practicar los descuentos programados en los haberes jubilatorios de agremiados a la Asociación Argentina de Aeronavegantes, Asociación del Personal de Organismos de Previsión Social y Personal del Instituto de Tecnología Agropecuaria.

Además se benefician los afiliados del Personal Superior de Empresas de Energía, Federación de Trabajadors de las Universidades Nacionales, Sindicato de Choferes de Camiones de la Capital Federal y Provincia de Buenos Aires, Empleados Textiles y de la Industria, Sindicato de Luz y Fuerza Capital, de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor, Unión Personal Judicial de la Nación, y Unión Tranviarios Automotor.

La prohibición a los jueces de dictar resoluciones que “afecten o perturben los recursos propios del Estado”, para la jueza “viola el principio de distribución de poderes, base del Estado republicano”.

Los gremios habían pedido al Poder Ejecutivo que “se abstenga de aplicar la reducción en los haberes jubilatorios y asignaciones familiares”.

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