No podrían aplicar recortes a jubilados

Un juez notificó a De la Rúa el contenido de una medida cautelar dictada a fines de agosto, en la que ordenaba al Estado que "se abstenga de practicar descuento alguno en los haberes previsionales".

6 septiembre, 2001

(NA). – Un juez del fuero de la Seguridad Social le notificó al Poder Ejecutivo Nacional mediante un oficio que no podrá implementar recortes en los haberes que perciben los jubilados, en el marco de los ajustes impulsados para alcanzar el déficit cero.

Según se informó esta mañana en los Tribunales porteños, el juez Rodolfo Milano comunicó al PEN mediante un oficio el contenido de una medida cautelar dictada a fines de agosto pasado, en la que ordenaba al Estado que “se abstenga de practicar descuento alguno en los haberes previsionales”.

El magistrado a cargo del juzgado de la Seguridad Social número 7 dispuso la medida cautelar sobre una acción de amparo promovida por la jubilada Catalina Elisa Busader.

En su resolución, el juez había considerado que “las leyes no pueden alterar las garantías, derechos y principios que la Constitución declara”. “Por lo cual, con la presente medida, decreto la insconstitucionalidad del artículo 14 de la Ley 25.453”, señaló el juez.

El magistrado hizo lugar a la solicitud de la damnificada pues entendió que “no puede ignorarse el carácter alimentario como las circunstancias particulares del peticionario”.

“Es así que tanto el peligro en la demora como la verisimilitud o presunción del derecho se encuentran sumariamente acreditados”, añadió.

En tanto, destacó que “la sustitución del artículo 195 del Código Procesal Civil y Comercial que dispone el artículo 14 de la ley de déficit cero, al prohibir a los jueces decretar ninguna medida cautelar que obstaculice los recursos propios del Estado, implica una flagrante violación de los derechos constitucionales de petición y defensa”.

Luego, concluyó que en su calidad de juez el artículo es “un avasallamiento de la jurisdicción intolerable y violatorio del Estado de derecho”.

La sanción de la Ley 25.453 habilitó el camino para un recorte de 13% en los haberes jubilatorios superiores a $ 300, aunque el piso podría subirse dependiendo de las cifras de la recaudación.

(NA). – Un juez del fuero de la Seguridad Social le notificó al Poder Ejecutivo Nacional mediante un oficio que no podrá implementar recortes en los haberes que perciben los jubilados, en el marco de los ajustes impulsados para alcanzar el déficit cero.

Según se informó esta mañana en los Tribunales porteños, el juez Rodolfo Milano comunicó al PEN mediante un oficio el contenido de una medida cautelar dictada a fines de agosto pasado, en la que ordenaba al Estado que “se abstenga de practicar descuento alguno en los haberes previsionales”.

El magistrado a cargo del juzgado de la Seguridad Social número 7 dispuso la medida cautelar sobre una acción de amparo promovida por la jubilada Catalina Elisa Busader.

En su resolución, el juez había considerado que “las leyes no pueden alterar las garantías, derechos y principios que la Constitución declara”. “Por lo cual, con la presente medida, decreto la insconstitucionalidad del artículo 14 de la Ley 25.453”, señaló el juez.

El magistrado hizo lugar a la solicitud de la damnificada pues entendió que “no puede ignorarse el carácter alimentario como las circunstancias particulares del peticionario”.

“Es así que tanto el peligro en la demora como la verisimilitud o presunción del derecho se encuentran sumariamente acreditados”, añadió.

En tanto, destacó que “la sustitución del artículo 195 del Código Procesal Civil y Comercial que dispone el artículo 14 de la ley de déficit cero, al prohibir a los jueces decretar ninguna medida cautelar que obstaculice los recursos propios del Estado, implica una flagrante violación de los derechos constitucionales de petición y defensa”.

Luego, concluyó que en su calidad de juez el artículo es “un avasallamiento de la jurisdicción intolerable y violatorio del Estado de derecho”.

La sanción de la Ley 25.453 habilitó el camino para un recorte de 13% en los haberes jubilatorios superiores a $ 300, aunque el piso podría subirse dependiendo de las cifras de la recaudación.

Compartir:
Notas Relacionadas

Suscripción Digital

Suscríbase a Mercado y reciba todos los meses la mas completa información sobre Economía, Negocios, Tecnología, Managment y más.

Suscribirse Archivo Ver todos los planes

Newsletter


Reciba todas las novedades de la Revista Mercado en su email.

Reciba todas las novedades