Más fondos para el Ministerio del Interior y el Consejo de la Magistratura

Se aprueba una ampliación de créditos por $200 millones para el Consejo de la Magistratura y una ampliación de créditos por $200 millones para inversiones del Ministerio del Interior y Transporte, según ASAP.

2 diciembre, 2014

El informe sobre modificaciones presupuestarias Nº 33/2014 que elabora la Asociación Argentina de Presupuesto (ASAP) señala que en el día de ayer se publicaron en el Boletín Oficial las Decisiones Administrativas Nros. 1026/14 y 1061/14, del Jefe de Gabinete de Ministros, de fechas 26 de noviembre de 2014 y 28 de noviembre de 2014, respectivamente, por medio de la cuales se modifica la distribución e incrementa el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

 

Por la primera de las medidas, se aprueba una ampliación de gastos por $200 millones para el Consejo de la Magistratura, actuante en el ámbito del Poder Judicial de la nación, con el objeto de afrontar gastos en personal de dicha institución.

 

La citada modificación se compensa con una reducción de los créditos correspondientes a la Jurisdicción 91 – obligaciones a cargo del Tesoro en igual magnitud.

 

La medida está amparada en lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley N° 26.124.

 

A su vez, por la segunda de las normas mencionadas se aprueba una ampliación de gastos por $200 millones para la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), organismo descentralizado actualmente en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio del Interior y Transporte, para atender mayores gastos de funcionamiento e inversión.

 

La ampliación de créditos se financia con una mayor previsión de recursos propios correspondientes a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), provenientes de la Ley Nº 13.041 Explotación de Aeropuertos y Aeródromos.

Esta última modificación presupuestaria se ampara en lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la Constitución Nacional y el artículo 9° de la Ley N° 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

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