Los bancos deberán devolver el CER

Los bancos que cobraron el coeficiente de indexación CER por créditos hipotecarios sin límite, personales hasta 12 mil pesos o dólares y prendarios hasta 30 mil pesos o dólares, deberán deducir esos pagos de las cuotas futuras.

17 julio, 2002

Así lo establece un decreto del Gobierno, que estipula que
todos estos préstamos no serán ajustados hasta el 30 de septiembre
próximo, pero pagarán intereses de acuerdo con la tasa que estaba
vigente al momento de la pesificación, el 2 de febrero último.

A partir del primero de octubre, estos créditos se ajustarán
por el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) y devengarán la
tasa de interés anual convenida en el contrato de origen, que no
podrá superar la tasa promedio del sistema financiero durante
2001.

La misma actitud deberán tomar los acreedores particulares de
esos préstamos y los locatarios con sus inquilinos, según la
disposición oficial.

Fuente: Noticias Argentinas

Así lo establece un decreto del Gobierno, que estipula que
todos estos préstamos no serán ajustados hasta el 30 de septiembre
próximo, pero pagarán intereses de acuerdo con la tasa que estaba
vigente al momento de la pesificación, el 2 de febrero último.

A partir del primero de octubre, estos créditos se ajustarán
por el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) y devengarán la
tasa de interés anual convenida en el contrato de origen, que no
podrá superar la tasa promedio del sistema financiero durante
2001.

La misma actitud deberán tomar los acreedores particulares de
esos préstamos y los locatarios con sus inquilinos, según la
disposición oficial.

Fuente: Noticias Argentinas

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