La Corte da vía libre al ajuste

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El máximo tribunal falló a favor del recorte dispuesto en 1995. La medida sienta precedente y ayudaría a evitar fallos contra las medidas dispuestas esta semana por el gobierno.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación convalidó hoy (viernes 2) la facultad del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) de reducir por decreto los salarios de los empleados públicos, al dictaminar la constitucionalidad de una medida tomada en 1995 por el entonces presidente Carlos Menem.

El caso, referido al decreto 290/95, es similar al recorte anunciado esta semana por el gobierno nacional y puede llegar a sentar jurisprudencia para los eventuales juicios que los damnificados por esta nueva medida puedan plantear contra el Estado.

Los trabajadores que habían hecho juicio por el recorte salarial del ’95 habían obtenido fallos favorables de parte del fuero en lo Contencioso Administrativo, pero el Estado apeló la cuestión ante el máximo tribunal nacional, que ahora le dio la razón al PEN.

La Corte postergó para más adelante –y “sin apuro”, según una fuente judicial– el tratamiento de la “invitación” que le formuló el PEN en el nuevo decreto para aplicar con sus trabajadores el recorte que impuso al resto de los trabajadores estatales

El máximo tribunal tenía a estudio unos 400 casos de juicios ganados por trabajadores que se opusieron judicialmente al recorte del ’95, el que, en rigor, sólo fue aplicado durante poco tiempo, ya que el gobierno de aquel entonces se echó atrás ante las sentencias contrarias a la medida.

Ahora la Corte falló a favor del Estado, al revocar en uno de esos 400 juicios la sentencia dictada a favor de un trabajador –una empleada de la Comisión Nacional de Energía Atómica–, pese a que, en los hechos, se trataba de una situación abstracta, ya que la anterior administración había anulado la medida.

Sin embargo, la decisión del alto tribunal era esperada ansiosamente en el gobierno nacional porque éste supone que así contará con un margen más amplio para aplicar el nuevo ajuste, ya que se trata de un recorte similar –y más profundo aun– que el de 1995.

Pese a que el ministro de Justicia de la Nación, Ricardo Gil Lavedra, negó algún tipo de acuerdo entre la Corte y el gobierno, lo cierto es que los juicios que llevaban casi cuatro años en el alto tribunal sólo tuvieron un dictamen del procurador general de la Nación, Nicolás Becerra, el lunes 29, el mismo día en que se conoció el nuevo ajuste.

Con el dictamen favorable a la postura del Estado en la mano, el alto tribunal –que ya había tratado el asunto a través de proyectos de resolución individuales, de cada uno de sus miembros, pero sin apuro en llegar a una definición– demoró sólo tres días en resolver la cuestión.

El gobierno consiguió además, una mayoría abrumadora de votos en el alto tribunal, tal como pretendía para legitimar aun más el asunto, ya que ocho de los jueces se expresaron a favor del Estado –cinco de ellos con sus propios argumentos– y el restante, Enrique Petracchi, lo hizo a través de una disidencia parcial.

Resta ahora saber si el máximo tribunal de la Nación decide, en su función administrativa, aplicar el nuevo recorte en sus 18.000 empleados, que representan alrededor de 10% del total de empleados públicos.

El Consejo de la Magistratura, la institución que ahora comparte con la Corte la titularidad del Poder Judicial de la Nación, parece encaminado a rechazar la aplicación del recorte entre los empleados judiciales.

La Comisión de Administración y Finanzas del Consejo de la Magistratura pidió al plenario del cuerpo que comunique a la Corte la inaplicabilidad del nuevo recorte entre los empleados judiciales y recordó que la Corte hizo lo mismo con el decreto 290/95 a través de sendas acordadas en julio de 1996 y febrero de 1997.

Gil Lavedra destacó hoy el fallo de la Corte y expresó que cree que convalida el fondo de la cuestión del nuevo decreto de reducción de los salarios de los empleados públicos.

“Me parece una señal muy importante y esto hace a la estabilidad de las relaciones jurídicas”, expresó el ministro a la agencia noticiosa DYN.

“El decreto 290 tiene características análogas al que se ha dictado recientemente y muchas consideraciones de la Corte son aplicables, sobre todo la cuestión de fondo, la intangibilidad del salario (de los empleados públicos) y la situación de emergencia, siempre que sea transitoria y razonable”, dijo Gil Lavedra.

“Sobre la cuestión de fondo hay unanimidad”, subrayó el funcionario en referencia a si el presidente de la Nación puede o no reducir los salarios de sus empleados, fallada en forma afirmativa por el máximo tribunal de la Nación.

El ministro de Justicia destacó que la nueva reducción de salarios públicos dispuesta por decreto esta semana “no supera los límites razonables”, pese a que es notablemente superior al ajuste del ’95.

La “razonabilidad” del achique fue una de las cuestiones tenidas en cuenta por los jueces en su fallo de hoy, con fundamento en que no altera la “sustancia” del contrato de trabajo entre el empleado estatal y el Estado.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación convalidó hoy (viernes 2) la facultad del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) de reducir por decreto los salarios de los empleados públicos, al dictaminar la constitucionalidad de una medida tomada en 1995 por el entonces presidente Carlos Menem.

El caso, referido al decreto 290/95, es similar al recorte anunciado esta semana por el gobierno nacional y puede llegar a sentar jurisprudencia para los eventuales juicios que los damnificados por esta nueva medida puedan plantear contra el Estado.

Los trabajadores que habían hecho juicio por el recorte salarial del ’95 habían obtenido fallos favorables de parte del fuero en lo Contencioso Administrativo, pero el Estado apeló la cuestión ante el máximo tribunal nacional, que ahora le dio la razón al PEN.

La Corte postergó para más adelante –y “sin apuro”, según una fuente judicial– el tratamiento de la “invitación” que le formuló el PEN en el nuevo decreto para aplicar con sus trabajadores el recorte que impuso al resto de los trabajadores estatales

El máximo tribunal tenía a estudio unos 400 casos de juicios ganados por trabajadores que se opusieron judicialmente al recorte del ’95, el que, en rigor, sólo fue aplicado durante poco tiempo, ya que el gobierno de aquel entonces se echó atrás ante las sentencias contrarias a la medida.

Ahora la Corte falló a favor del Estado, al revocar en uno de esos 400 juicios la sentencia dictada a favor de un trabajador –una empleada de la Comisión Nacional de Energía Atómica–, pese a que, en los hechos, se trataba de una situación abstracta, ya que la anterior administración había anulado la medida.

Sin embargo, la decisión del alto tribunal era esperada ansiosamente en el gobierno nacional porque éste supone que así contará con un margen más amplio para aplicar el nuevo ajuste, ya que se trata de un recorte similar –y más profundo aun– que el de 1995.

Pese a que el ministro de Justicia de la Nación, Ricardo Gil Lavedra, negó algún tipo de acuerdo entre la Corte y el gobierno, lo cierto es que los juicios que llevaban casi cuatro años en el alto tribunal sólo tuvieron un dictamen del procurador general de la Nación, Nicolás Becerra, el lunes 29, el mismo día en que se conoció el nuevo ajuste.

Con el dictamen favorable a la postura del Estado en la mano, el alto tribunal –que ya había tratado el asunto a través de proyectos de resolución individuales, de cada uno de sus miembros, pero sin apuro en llegar a una definición– demoró sólo tres días en resolver la cuestión.

El gobierno consiguió además, una mayoría abrumadora de votos en el alto tribunal, tal como pretendía para legitimar aun más el asunto, ya que ocho de los jueces se expresaron a favor del Estado –cinco de ellos con sus propios argumentos– y el restante, Enrique Petracchi, lo hizo a través de una disidencia parcial.

Resta ahora saber si el máximo tribunal de la Nación decide, en su función administrativa, aplicar el nuevo recorte en sus 18.000 empleados, que representan alrededor de 10% del total de empleados públicos.

El Consejo de la Magistratura, la institución que ahora comparte con la Corte la titularidad del Poder Judicial de la Nación, parece encaminado a rechazar la aplicación del recorte entre los empleados judiciales.

La Comisión de Administración y Finanzas del Consejo de la Magistratura pidió al plenario del cuerpo que comunique a la Corte la inaplicabilidad del nuevo recorte entre los empleados judiciales y recordó que la Corte hizo lo mismo con el decreto 290/95 a través de sendas acordadas en julio de 1996 y febrero de 1997.

Gil Lavedra destacó hoy el fallo de la Corte y expresó que cree que convalida el fondo de la cuestión del nuevo decreto de reducción de los salarios de los empleados públicos.

“Me parece una señal muy importante y esto hace a la estabilidad de las relaciones jurídicas”, expresó el ministro a la agencia noticiosa DYN.

“El decreto 290 tiene características análogas al que se ha dictado recientemente y muchas consideraciones de la Corte son aplicables, sobre todo la cuestión de fondo, la intangibilidad del salario (de los empleados públicos) y la situación de emergencia, siempre que sea transitoria y razonable”, dijo Gil Lavedra.

“Sobre la cuestión de fondo hay unanimidad”, subrayó el funcionario en referencia a si el presidente de la Nación puede o no reducir los salarios de sus empleados, fallada en forma afirmativa por el máximo tribunal de la Nación.

El ministro de Justicia destacó que la nueva reducción de salarios públicos dispuesta por decreto esta semana “no supera los límites razonables”, pese a que es notablemente superior al ajuste del ’95.

La “razonabilidad” del achique fue una de las cuestiones tenidas en cuenta por los jueces en su fallo de hoy, con fundamento en que no altera la “sustancia” del contrato de trabajo entre el empleado estatal y el Estado.

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