Impiden a las privatizadas demandar al Estado en el exterior

Las empresas de servicios públicos no podrán iniciar demandas contra la Argentina en tribunales internacionales, de acuerdo con el proyecto de marco regulatorio que el Poder Ejecutivo enviará al Congreso en los próximos días.

19 diciembre, 2003

De este modo, el Gobierno intentará poner freno a las acciones
judiciales que estas compañías inciaron en el exterior y que ya
superan los 15 mil millones de dólares.

El nuevo régimen habilita la posibilidad de otorgar subsidios
tarifarios y dispone un tope a los intereses por mora que cobran
las empresas.

Como consecuencia del nuevo marco, las privatizadas deberán
aceptar cuadros tarifarios “lo más bajos posible”, pero estarán
autorizadas a “obtener una rentabilidad razonable”.

El proyecto también estipula que “se asegurará a los hogares
indigentes el acceso a los servicios que se consideren
esenciales”.

Los pliegos de licitación tendrán que incluir “el sometimiento
a la legislación y jurisdicción nacional para la dilucidación de
conflictos a que diere lugar la aplicación o interpretación de la
concesión”, según se señaló.

Asimismo, la propuesta oficial dispone que el Poder Ejecutivo
“podrá, en caso de considerarlo necesario, aplicar los cargos y
subsidios redistributivos que se decidan convenientes, a fin de
asegurar la equidad social, el crecimiento sectorial y regional,
la protección de la competencia y el desarrollo de las pymes”.

Por su parte, las concesiones y licencias “no podrán
prorrogarse. Si por razonez excepcionales no existiese
adjudicación al culminar el otorgamiento, el Estado asumirá la
prestación directa del servicio”.

De este modo, el Gobierno intentará poner freno a las acciones
judiciales que estas compañías inciaron en el exterior y que ya
superan los 15 mil millones de dólares.

El nuevo régimen habilita la posibilidad de otorgar subsidios
tarifarios y dispone un tope a los intereses por mora que cobran
las empresas.

Como consecuencia del nuevo marco, las privatizadas deberán
aceptar cuadros tarifarios “lo más bajos posible”, pero estarán
autorizadas a “obtener una rentabilidad razonable”.

El proyecto también estipula que “se asegurará a los hogares
indigentes el acceso a los servicios que se consideren
esenciales”.

Los pliegos de licitación tendrán que incluir “el sometimiento
a la legislación y jurisdicción nacional para la dilucidación de
conflictos a que diere lugar la aplicación o interpretación de la
concesión”, según se señaló.

Asimismo, la propuesta oficial dispone que el Poder Ejecutivo
“podrá, en caso de considerarlo necesario, aplicar los cargos y
subsidios redistributivos que se decidan convenientes, a fin de
asegurar la equidad social, el crecimiento sectorial y regional,
la protección de la competencia y el desarrollo de las pymes”.

Por su parte, las concesiones y licencias “no podrán
prorrogarse. Si por razonez excepcionales no existiese
adjudicación al culminar el otorgamiento, el Estado asumirá la
prestación directa del servicio”.

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