Fallo en contra de la Reforma Previsional

La decisión judicial es un aval a los planteos de los diputados críticos de la Alianza. El Gobierno apelaría la medida el lunes próximo. La oposición, por su parte, se manifestó satisfecha con el fallo a pesar de que no es definitivo.

3 febrero, 2001

El recurso de amparo presentado por cuatro diputados de Alianza en contra de la Reforma Previsional dio sus primeros frutos. Ayer (viernes 02) un juez hizo lugar al pedido y suspendió la aplicación de la reforma que el gobierno de Fernando De la Rúa había decretado a fin del año pasado.

Este fallo y la acusación de la fiscalía hacía varios legisladores de la coalición opositora por los presuntos sobornos en el Senado constituyen los golpes más duros que recibió el gobierno esta semana.

Tal como reza el texto oficial, el juez de la seguridad social Rodolfo Milano resolvió “suspender los efectos del decreto Nº 1306/2000, debiendo el Poder Ejecutivo Nacional abstenerse de aplicar el premencionado decreto durante el trámite de la presente acción de amparo”.

La decisión del magistrado es un tácito apoyo legal a los argumentos planteados por los diputados Elisa Carrió, Alfredo Bravo, Jorge Rivas y Héctor Polino, que formaron el grupo Argentinos por una República de Iguales (ARI) tras alejarse de la Alianza por sus discrepancias con la conducción de la coalición gobernante.

Para ellos, la Reforma es inconstitucional porque sus disposiciones violarían derechos amparados por la carta magna y porque, al dictar el decreto, “el Presidente invadió atribuciones propias del Congreso”, según lo expresó el grupo disidente en un comunicado público.

El fallo del magistrado, sin embargo, no es definitivo, pero tendrá efecto hasta que el juez resuelva si es constitucional o no que el Presidente haya reformado por decreto el sistema de seguridad social.

El secretario de Seguridad Social, Jorge Sanmartino, dijo ayer que el Gobierno va a apelar la medida y que sabe que tiene 48 horas para hacerlo.

“Lo importante de la resolución del juez es que no cuestiona ningún aspecto de diseño de la reforma previsional, sino que refiere a una cuestión de procedimiento. Los legisladores que recurrieron a la Justicia no tienen en cuenta que elevar un decreto de necesidad y urgencia es una atribución constitucional del Presidente”, dijo el funcionario, según cita el diario La Nación.

El decreto de necesidad y urgencia, que Fernando De la Rúa anunció el último día hábil del año pasado, fue cuestionado por los diputados del Justicialismo y por el grupo de diputados disidentes.

La reglamentación presidencial eliminó la prestación básica universal (PBU) y la reemplazó por una prestación proporcional que será menor a 200 pesos, elevó la edad jubilatoria de la edad de 60 a 65 años, y creó el Beneficio Universal para los que nunca aportaron al sistema jubilatorio.

El recurso de amparo presentado por cuatro diputados de Alianza en contra de la Reforma Previsional dio sus primeros frutos. Ayer (viernes 02) un juez hizo lugar al pedido y suspendió la aplicación de la reforma que el gobierno de Fernando De la Rúa había decretado a fin del año pasado.

Este fallo y la acusación de la fiscalía hacía varios legisladores de la coalición opositora por los presuntos sobornos en el Senado constituyen los golpes más duros que recibió el gobierno esta semana.

Tal como reza el texto oficial, el juez de la seguridad social Rodolfo Milano resolvió “suspender los efectos del decreto Nº 1306/2000, debiendo el Poder Ejecutivo Nacional abstenerse de aplicar el premencionado decreto durante el trámite de la presente acción de amparo”.

La decisión del magistrado es un tácito apoyo legal a los argumentos planteados por los diputados Elisa Carrió, Alfredo Bravo, Jorge Rivas y Héctor Polino, que formaron el grupo Argentinos por una República de Iguales (ARI) tras alejarse de la Alianza por sus discrepancias con la conducción de la coalición gobernante.

Para ellos, la Reforma es inconstitucional porque sus disposiciones violarían derechos amparados por la carta magna y porque, al dictar el decreto, “el Presidente invadió atribuciones propias del Congreso”, según lo expresó el grupo disidente en un comunicado público.

El fallo del magistrado, sin embargo, no es definitivo, pero tendrá efecto hasta que el juez resuelva si es constitucional o no que el Presidente haya reformado por decreto el sistema de seguridad social.

El secretario de Seguridad Social, Jorge Sanmartino, dijo ayer que el Gobierno va a apelar la medida y que sabe que tiene 48 horas para hacerlo.

“Lo importante de la resolución del juez es que no cuestiona ningún aspecto de diseño de la reforma previsional, sino que refiere a una cuestión de procedimiento. Los legisladores que recurrieron a la Justicia no tienen en cuenta que elevar un decreto de necesidad y urgencia es una atribución constitucional del Presidente”, dijo el funcionario, según cita el diario La Nación.

El decreto de necesidad y urgencia, que Fernando De la Rúa anunció el último día hábil del año pasado, fue cuestionado por los diputados del Justicialismo y por el grupo de diputados disidentes.

La reglamentación presidencial eliminó la prestación básica universal (PBU) y la reemplazó por una prestación proporcional que será menor a 200 pesos, elevó la edad jubilatoria de la edad de 60 a 65 años, y creó el Beneficio Universal para los que nunca aportaron al sistema jubilatorio.

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