El Estado apeló el fallo contra la pesificación

La Sala V de la Cámara del fuero Contencioso Administrativo había declarado inconstitucional la pesificación y la reprogramación de los depósitos.

2 octubre, 2002

Fuentes judiciales señalaron que el Gobierno presentó un
recurso extraordinario ante el Tribunal, cuando el plazo para
plantear apelaciones vence el próximo martes.

A partir de ese día, la Cámara cuenta con 10 días hábiles para
resolver el planteo y dar traslado a las partes involucradas en el
expediente.

Luego de ello, las partes tendrán diez días hábiles para
responder a lo resuelto por el Tribunal.

En caso de que sea rechazada la apelación, le queda al Estado
la posibilidad de recurrir en “queja” ante la Corte Suprema de
Justicia, aunque a esta instancia el caso llegaría recién los
primeros días de noviembre, dados los plazos procesales que deben
correr.

La Sala V declaró la incostitucionalidad de la pesificación y
la reprogramación de los depósitos el último 13 de septiembre al
hacer lugar a una presentación promovida por el defensor del
Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino.

La medida adoptada por la Cámara alcanza a todos los habitantes
del país aunque se aclaró en el fallo que cada uno de los
ciudadanos deberá accionar individualmente para tratar de
recuperar sus ahorros en la moneda en que fueron depositados.

El fallo había sido unánime y tuvo las firmas de Pablo Gallegos
Fedriani, Carlos Manuel Grecco y Luis Cesar Otero, quienes se
pronunciaron en contra del decreto 1570/01, el 214/02 de
pesificación y reprogramación y el 1316 que frenó la ejecución de
medidas cautelares por 120 días hábiles.

Fuentes judiciales señalaron que el Gobierno presentó un
recurso extraordinario ante el Tribunal, cuando el plazo para
plantear apelaciones vence el próximo martes.

A partir de ese día, la Cámara cuenta con 10 días hábiles para
resolver el planteo y dar traslado a las partes involucradas en el
expediente.

Luego de ello, las partes tendrán diez días hábiles para
responder a lo resuelto por el Tribunal.

En caso de que sea rechazada la apelación, le queda al Estado
la posibilidad de recurrir en “queja” ante la Corte Suprema de
Justicia, aunque a esta instancia el caso llegaría recién los
primeros días de noviembre, dados los plazos procesales que deben
correr.

La Sala V declaró la incostitucionalidad de la pesificación y
la reprogramación de los depósitos el último 13 de septiembre al
hacer lugar a una presentación promovida por el defensor del
Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino.

La medida adoptada por la Cámara alcanza a todos los habitantes
del país aunque se aclaró en el fallo que cada uno de los
ciudadanos deberá accionar individualmente para tratar de
recuperar sus ahorros en la moneda en que fueron depositados.

El fallo había sido unánime y tuvo las firmas de Pablo Gallegos
Fedriani, Carlos Manuel Grecco y Luis Cesar Otero, quienes se
pronunciaron en contra del decreto 1570/01, el 214/02 de
pesificación y reprogramación y el 1316 que frenó la ejecución de
medidas cautelares por 120 días hábiles.

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