El cheque cancelatorio no rige para inmuebles

De la Rúa firmó un decreto que excluye a la compra de inmuebles de la obligación de usar esta vía. La medida sigue vigente para los pagos de otras operaciones comerciales que superen los $ 10.000.

12 enero, 2001

El cheque cancelatorio, creado por la Ley Antievasión para pagar toda operación por encima de los $ 10.000, no será obligatorio para la compraventa de inmuebles, la que podrá hacerse en efectivo, siempre y cuando intervenga un escribano público.

Así lo establece el decreto 22/2001 firmado anoche por el presidente Fernando de la Rúa, en el que se fija que la escritura de la adquisición de una casa o un departamento tiene el mismo valor que el cheque cancelatorio o la tarjeta de crédito a los efectos de la Ley 25.345.

Asimismo, el decreto indica que para que la escritura tenga esa validez debe intervenir un notario, quien, a su vez, tiene que informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) de toda compra por encima de los $ 10.000.

La nueva ley había causado un generalizado rechazo y, en este sentido, los colegios de notarios habían advertido de que iba a haber “enormes dificultades” y que se encarecerían las compras de inmuebles si se prohibía el pago en efectivo.

La ley busca evitar la evasión de impuestos, que causa pérdidas anuales al Fisco por $ 24.000 millones sólo en el caso del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), su principal fuente de ingresos, y combatir el lavado de dinero obtenido por medios ilícitos.

Establece que compradores y vendedores deberán tener cuentas bancarias para hacer las operaciones o que los pagos se hagan con “cheques de cancelación” que emite el Banco Central (BCRA) y entrega a los bancos, que a su vez cobran una comisión por controlar el origen de los fondos.

Los bancos, que en su momento pusieron reparos a la ley, tienen un plazo de dos días para investigar a quien solicite un “cheque de cancelación” antes de entregarlo para cerrar una operación.

Según los operadores del mercado financiero, sólo 22% de la población argentina es cliente de algún banco, por lo que esta ley encarece las operaciones comerciales para quienes deban recurrir al “cheque de cancelación”.

El cheque cancelatorio, creado por la Ley Antievasión para pagar toda operación por encima de los $ 10.000, no será obligatorio para la compraventa de inmuebles, la que podrá hacerse en efectivo, siempre y cuando intervenga un escribano público.

Así lo establece el decreto 22/2001 firmado anoche por el presidente Fernando de la Rúa, en el que se fija que la escritura de la adquisición de una casa o un departamento tiene el mismo valor que el cheque cancelatorio o la tarjeta de crédito a los efectos de la Ley 25.345.

Asimismo, el decreto indica que para que la escritura tenga esa validez debe intervenir un notario, quien, a su vez, tiene que informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) de toda compra por encima de los $ 10.000.

La nueva ley había causado un generalizado rechazo y, en este sentido, los colegios de notarios habían advertido de que iba a haber “enormes dificultades” y que se encarecerían las compras de inmuebles si se prohibía el pago en efectivo.

La ley busca evitar la evasión de impuestos, que causa pérdidas anuales al Fisco por $ 24.000 millones sólo en el caso del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), su principal fuente de ingresos, y combatir el lavado de dinero obtenido por medios ilícitos.

Establece que compradores y vendedores deberán tener cuentas bancarias para hacer las operaciones o que los pagos se hagan con “cheques de cancelación” que emite el Banco Central (BCRA) y entrega a los bancos, que a su vez cobran una comisión por controlar el origen de los fondos.

Los bancos, que en su momento pusieron reparos a la ley, tienen un plazo de dos días para investigar a quien solicite un “cheque de cancelación” antes de entregarlo para cerrar una operación.

Según los operadores del mercado financiero, sólo 22% de la población argentina es cliente de algún banco, por lo que esta ley encarece las operaciones comerciales para quienes deban recurrir al “cheque de cancelación”.

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