Dejan sin efecto el aumento del gas

La justicia frenó el reajuste de la tarifas, al hacer lugar a una acción del Defensor del Pueblo de la Nación. El fallo no se pronunció sobre el fondo de la cuestión.

22 agosto, 2000

(DYN). – La Justicia frenó el reajuste de las tarifas de gas fijado por el gobierno mediante el decreto 669 de 2000, al hacer lugar a una medida cautelar solicitada por el defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino.

La jueza en lo contencioso administrativo Clara Do Pico dejó “sin efecto el aumento de la tarifa de gas con retroactividad al primero de julio del corriente año”, según explicaron fuentes de la oficina del Defensor.

Do Pico sólo hizo lugar a la medida cautelar (es decir, la suspensión del reajuste tarifario) pero no se pronunció sobre el fondo de la cuestión –también pedido por Mondino–, en el sentido de que “no se aplique ningún componente indexatorio para el ajuste de tarifas mientras rija la Ley de Convertibilidad”.

Al emitir su fallo –fechado el 18 de agosto último–, la jueza Do Pico destacó que “el control de que las tarifas sean justas y razonables compromete tanto al administrador como al juez”.

(DYN). – La Justicia frenó el reajuste de las tarifas de gas fijado por el gobierno mediante el decreto 669 de 2000, al hacer lugar a una medida cautelar solicitada por el defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino.

La jueza en lo contencioso administrativo Clara Do Pico dejó “sin efecto el aumento de la tarifa de gas con retroactividad al primero de julio del corriente año”, según explicaron fuentes de la oficina del Defensor.

Do Pico sólo hizo lugar a la medida cautelar (es decir, la suspensión del reajuste tarifario) pero no se pronunció sobre el fondo de la cuestión –también pedido por Mondino–, en el sentido de que “no se aplique ningún componente indexatorio para el ajuste de tarifas mientras rija la Ley de Convertibilidad”.

Al emitir su fallo –fechado el 18 de agosto último–, la jueza Do Pico destacó que “el control de que las tarifas sean justas y razonables compromete tanto al administrador como al juez”.

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