Con mercadería dañada en huelgas, puede haber delito
BUENOS AIRES, mar 26 (DyN) La Cámara Federal porteña consideró que si una huelga produjo daños a las mercaderías que permanecieron inmovilizadas durante el desarrollo de la protesta o cualquier otro perjuicio, bien pudo haber configurado un delito que mereciera ser castigado.
26 marzo, 2009
<p>El fallo, que por extensión podría resultar aplicable a la medida de fuerza que llevan adelante los productores agropecuarios contra las políticas del gobierno hacia el sector, fue dictado por la Sala Segunda de la Cámara, en el contexto de una protesta de trabajadores portuarios. <br />
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Los jueces Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah revocaron un fallo de primera instancia que “resolvió desestimar por inexistencia de delito y archivar las actuaciones” a raíz de una protesta gremial que llevaron adelante representantes del Sindicato Unidos Portuarios Argentinos (SUPA) entre el 7 de agosto y el 30 de setiembre del año pasado en la Terminal Portuaria n°4 del Puerto de Buenos Aires.<br />
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“Por conflictos laborales con la empresa administradora de dicha terminal, Terbasa S.A.”, los trabajadores impidieron “el ingreso y egreso de vehículos de carga y descarga de mercaderías y por ende, el desenvolvimiento de las actividades comerciales de la empresa”, explica el fallo, al que tuvo acceso DyN.<br />
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Según los camaristas, “no se han dilucidado las posibles consecuencias del ejercicio de la medida de fuerza”.<br />
“En este sentido, resulta relevante investigar si a raíz del bloqueo practicado en el acceso a Terbasa S.A. se produjeron daños a las mercaderías que permanecieron inmovilizadas durante el desarrollo de la protesta, así como cualquier otro perjuicio que pudiere haberse generado”, evaluaron.<br />
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Por ello, sostuvieron que el fallo de primera instancia “con relación a la inexistencia de delito deviene prematura”, por lo que ordenaron profundizar la investigación.</p>
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