Amplían el procesamiento a Videla

El juez Canicoba Corral le imputó al ex dictador ser el "autor mediato" de la desaparición forzada de ciudadanos extranjeros durante la dictadura.

27 septiembre, 2001

(NA). – El ex dictador Jorge Rafael Videla fue procesado hoy (jueves 27) por la desaparición forzada de 72 ciudadanos extranjeros en el marco de la implementación del denominado Plan Cóndor durante la última dictadura militar.

La decisión fue adoptada por el juez Rodolfo Canicoba Corral e implicó una ampliación de la imputación que le había formulado el mismo magistrado tres meses atrás.

Videla fue citado a concurrir mañana a las 12:00 para ser notificado de la resolución.

En un dictamen de 400 carillas, el juez dispuso además que se le embargaron los bienes a Videla hasta alcanzar la cifra de $ 1 millón.

Para el magistrado, el ex presidente de facto “en su carácter de funcionario público –presidente de la Nación– privó de su libertad a los ciudadanos con omisión de fomalidades prescriptas por la ley y abusando de sus funciones reiterada en 72 oportunidades”.

En el fallo se detalla la desaparición de cada caso puntual, con los datos aportados por testigos que compartieron el cautiverio con algunos de los desaparecidos extranjeros alojados en la Argentina que eran detenidos por ser opositores a los gobiernos de sus respectivos países.

El 10 de julio último el juez había procesado a Videla por ser “penalmente responsable de la comisión del ilícito asociación ilícita agravada en su calidad de organizador de la asociación criminal del cono sur denominada “Operación Cóndor”.

Para Canicoba Corral está acreditado que el “Plan Cóndor” fue “una vasta organización criminal” que actuó “en el cono sur”, dirigida su acción “al secuestro ilegal de personas, su
desaparición muerte y/o tormento, ello sin importar los límites territoriales o nacionalidad de las vícitimas”.

“La acreditación surge de un acuerdo del máximo nivel político y militar de los estados la Argentina, Chile, Uruguay, Paraguay, Bolivia y Brasil, todos los cuales definieron tener su sede operativa en Santiago de Chile”, indicaba uno de los párrafos de la extensa resolución.

En esta oportunidad, el magistrado decidió ampliar ese procesamiento pero por los casos puntuales y, en este marco, arribó a la conclusión de que la desaparición forzada de personas “no era un hecho aislado” sino “una práctica sistemática que respondía a una supresión virtualmente irreversible de toda relación de la víctima con la sociedad, la familia, el trabajo y el Estado”.

“Videla ha contribuido a la creación, funcionamiento y mantenimiento de un sistema de poder atinente a los secuestros al margen de todo procedimiento legal”, indicó.

Agregó que los detenidos fueron alojados “en centros clandestinos sin registro alguno ni reconocimiento de tales hechos por los poderes públicos y al acaecimiento de los interrogatorios de los referidos bajo la imposición de torturas”.

El magistrado le imputó al ex dictador ser el “autor mediato” del delito contemplado en el artículo 144 bis del Ordenamiento Penal de la Nación, “en función de la desaparición forzada de personas todo ello en función de la gestación y ejecución de denominado Plan Cóndor”.

En la resolución se especifica además que el secuestro ilegal de personas “era desarrollados por agentes del Estado o grupos de personas que actuaron con la autorización, el apoyo y la
aquiescencia del Estado”.

Marcó además “la falta de información y negativa a reconocer dicha privación de la libertad e informar sobre los paraderos de la individuos detenidos impidiéndose la ejecución de los recursos legales y las garantías procesales”.

(NA). – El ex dictador Jorge Rafael Videla fue procesado hoy (jueves 27) por la desaparición forzada de 72 ciudadanos extranjeros en el marco de la implementación del denominado Plan Cóndor durante la última dictadura militar.

La decisión fue adoptada por el juez Rodolfo Canicoba Corral e implicó una ampliación de la imputación que le había formulado el mismo magistrado tres meses atrás.

Videla fue citado a concurrir mañana a las 12:00 para ser notificado de la resolución.

En un dictamen de 400 carillas, el juez dispuso además que se le embargaron los bienes a Videla hasta alcanzar la cifra de $ 1 millón.

Para el magistrado, el ex presidente de facto “en su carácter de funcionario público –presidente de la Nación– privó de su libertad a los ciudadanos con omisión de fomalidades prescriptas por la ley y abusando de sus funciones reiterada en 72 oportunidades”.

En el fallo se detalla la desaparición de cada caso puntual, con los datos aportados por testigos que compartieron el cautiverio con algunos de los desaparecidos extranjeros alojados en la Argentina que eran detenidos por ser opositores a los gobiernos de sus respectivos países.

El 10 de julio último el juez había procesado a Videla por ser “penalmente responsable de la comisión del ilícito asociación ilícita agravada en su calidad de organizador de la asociación criminal del cono sur denominada “Operación Cóndor”.

Para Canicoba Corral está acreditado que el “Plan Cóndor” fue “una vasta organización criminal” que actuó “en el cono sur”, dirigida su acción “al secuestro ilegal de personas, su
desaparición muerte y/o tormento, ello sin importar los límites territoriales o nacionalidad de las vícitimas”.

“La acreditación surge de un acuerdo del máximo nivel político y militar de los estados la Argentina, Chile, Uruguay, Paraguay, Bolivia y Brasil, todos los cuales definieron tener su sede operativa en Santiago de Chile”, indicaba uno de los párrafos de la extensa resolución.

En esta oportunidad, el magistrado decidió ampliar ese procesamiento pero por los casos puntuales y, en este marco, arribó a la conclusión de que la desaparición forzada de personas “no era un hecho aislado” sino “una práctica sistemática que respondía a una supresión virtualmente irreversible de toda relación de la víctima con la sociedad, la familia, el trabajo y el Estado”.

“Videla ha contribuido a la creación, funcionamiento y mantenimiento de un sistema de poder atinente a los secuestros al margen de todo procedimiento legal”, indicó.

Agregó que los detenidos fueron alojados “en centros clandestinos sin registro alguno ni reconocimiento de tales hechos por los poderes públicos y al acaecimiento de los interrogatorios de los referidos bajo la imposición de torturas”.

El magistrado le imputó al ex dictador ser el “autor mediato” del delito contemplado en el artículo 144 bis del Ordenamiento Penal de la Nación, “en función de la desaparición forzada de personas todo ello en función de la gestación y ejecución de denominado Plan Cóndor”.

En la resolución se especifica además que el secuestro ilegal de personas “era desarrollados por agentes del Estado o grupos de personas que actuaron con la autorización, el apoyo y la
aquiescencia del Estado”.

Marcó además “la falta de información y negativa a reconocer dicha privación de la libertad e informar sobre los paraderos de la individuos detenidos impidiéndose la ejecución de los recursos legales y las garantías procesales”.

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